Algunos Aspectos Epidemiológicos de los Accidentes de trabajo y las Enfermedades Profesionales
Abstract
El Instituto Peruano de Seguridad Social, sístema unificado de los Ex Seguros del Obrero y del Empleadoasumió el control de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, conforme lo había dispuesto el Decreto Ley No. 18846, de abril de 1971; riesgos que hasta esa fecha estaban a cargo de las Compañias de Seguros Privados. Desde aquel año, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales se atendieron en los servicios propios y/o contratados del IPSS, en lo pertinente al aspecto asistencial y de subsidios; mientras que las prestaciones económicas diferidas (indemnizaciones o pensiones) lo fueron en la Gerencia de Pensiones. No se ha establecido ninguna infraestructura operativa para la prevención de tales riesgos; y en el aspecto de la rehabilitación médica - al igual que para la rama asistencial -, se utilizaron los recursos del Departamento de Medicina Física y Rehabilitación, sobrecargados con los minusválidos por las enfermedades comunes.